jueves, marzo 5, 2026
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PPD radica medida para detener cobro de $300 a clientes con placas solares

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La delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado presentó legislación dirigida a frenar el cobro de 300 dólares que LUMA Energy impone a los clientes con sistemas de energía solar que no cumplen con el proceso expedito de interconexión.

El portavoz senatorial, Luis Javier Hernández Ortiz, recordó que desde el 14 de agosto el caucus había expresado su rechazo a la tarifa, argumentando que contradice el espíritu del Programa de Medición Neta, creado para incentivar la conexión de sistemas solares a la red eléctrica.

“Este Programa es el que permite que las familias y los negocios puertorriqueños puedan ahorrar en sus facturas eléctricas al acreditar a estos la energía limpia que generan con sus sistemas solares y que exportan a la red a través de fuentes renovables, como paneles solares”, sostuvo en declaraciones a Metro Pr.

Por su parte, la senadora Marially González Huertas destacó que la medición neta ha sido un motor fundamental en la expansión de la energía solar en Puerto Rico. “De acuerdo con datos del propio consorcio LUMA entre el periodo más reciente de abril a junio de 2025, se registraron más de 3,500 activaciones mensuales de generación distribuida. Esta es la mejor evidencia de que el sistema es altamente llamativo para los consumidores”, afirmó.

Actualmente, existen alrededor de 170,000 clientes con placas solares conectadas, de los cuales unos 165,000 son residenciales, 4,500 comerciales y cerca de 60 industriales. Según datos provistos a la delegación, LUMA justifica el cobro de 300 dólares en los casos donde se requiere un estudio suplementario por superar el 15 % de penetración de energía solar en un alimentador.

El senador Josian Santiago Rivera cuestionó que dichos parámetros estén obsoletos: “Ese llamado estudio se le tiene que hacer a los clientes cuyo sistema se encuentra en un alimentador con una penetración de energía solar superior al 15%. El problema es que este umbral del 15% ya no es normalmente utilizado por las utilidades ni la industria, pero aún se mantiene en el Reglamento 8915”, planteó.

Los legisladores sostienen que la base legal utilizada por LUMA descansa en un reglamento aprobado en 2017, previo a la aprobación de la Ley 17-2019, que dispuso la interconexión automática de sistemas de hasta 25 kilovatios. Hernández Ortiz insistió en que la ausencia de un nuevo reglamento responde al incumplimiento de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), lo que mantiene el proceso inconcluso en el Negociado de Energía.

Ante este escenario, la delegación presentó una resolución para exigir al Negociado que ordene a LUMA detener el cobro en los sistemas de hasta 25 kilovatios. González Huertas subrayó la importancia de proteger a los consumidores:

“Muchos de estos han invertido en un sistema de placas solares para tener energía constante para equipos médicos o para dar una mejor calidad de vida a los adultos mayores. Es un contrasentido que el consorcio LUMA Energy de forma arbitraria pretenda cobrarle 300 dólares a los clientes con placas solares”, expresó.

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